Mérida, Yucatán.- Este día, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán emitió la Recomendación General 07/2015 dirigida al Secretario de Salud de Yucatán fundada en 26 quejas sobre violencia obstétrica que condujeron a la muerte de cinco mujeres y nueve bebés.

La Recomendación se emite debido a prácticas médicas y administrativas que constituyen violaciones a los Derechos Humanos de las mujeres durante la atención del embarazo, parto y puerperio, así como acciones y omisiones que generaron deficiencias en la atención de niñas y niños recién nacidos en los hospitales y clínicas del Sistema de Salud Público en el Estado de Yucatán.

Esta Recomendación se sustenta por el análisis de 22 expedientes de 26 mujeres afectadas entre 2005 y 2015, donde se encontraron actos contenidos en la definición de violencia obstétrica como: negligencia médica; prestación indebida del servicio público del sector salud; negativa o inadecuada prestación del servicio público del sector salud; violación a la protección de la salud; omitir dar información sobre el estado de salud; violación al derecho a la protección a la integridad; y violación al derecho de niñas y niños a la protección de su integridad.

De las 26 mujeres agraviadas de los casos que tuvo conocimiento esta Comisión, cinco fallecieron y de los 22 bebés, nueve murieron; los decesos fueron por no recibir la atención necesaria en el momento oportuno, aún cuando habían acudido a solicitarla.

De los expedientes analizados, las agraviadas tenían en común: ser maya hablante o mujer indígena, tres menores de edad, vivir con VIH, condición económica en desventaja y ser migrante. De las 26 mujeres, 18 eran del interior del estado, siete de Mérida y una del estado de Quintana Roo.

Los casos presentados en las instituciones del Sector Salud son los siguientes­: 11 en el Hospital General “Dr. Agustín O’Horán”; nueve en el Hospital Materno Infantil de Mérida; tres en el Hospital General “San Carlos” de Tizimín, tres en el Hospital General de Valladolid y con un caso cada uno los Centros de Salud y Hospitales Comunitarios de Espita, Kanasín, Peto, Ticul, Sotuta y Yaxcabá.

Por otra parte, en el período del 01 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2014, esta Comisión realizó la supervisión a 99 Centros de Salud del Estado, donde se pudo constatar que el problema más grave que enfrentan estas instituciones encargadas de prestar el servicio es el relativo a la falta de personal de base como médicos, especialistas y personal de enfermería. Otra grave situación es la insuficiente supervisión a los residentes o pasantes por parte del personal de base.

De la supervisión a los Centros de Salud del Estado se desprende la falta de conocimiento de la lengua maya por parte del personal administrativo, médico y de enfermería, mismo que reconoció que hasta un 95% de las y los usuarios de sus servicios son maya hablantes.

El día 21 de septiembre de 2015 se realizó una visita de supervisión al Hospital Materno Infantil de Mérida donde se constató la falta de equipo, instalaciones deterioradas, carencia de personal médico, de enfermería y administrativo de base.

El primero de octubre de 2015 se supervisó el área de urgencias del Hospital General “Dr. Agustín O´Horán” donde se atienden emergencias obstétricas. Se verificó la carencia de equipo especializado, así como la falta de aires acondicionados que conllevan el desuso de dos quirófanos asignados para ese fin.

El tiempo que una mujer espera en el área de urgencias de este nosocomio para ser valorada y atendida por parto es en promedio de cinco a seis horas. La demanda de atención médica supera el número de camas disponibles en esta área de hospitalización ginecológica y obstétrica, pues es de 25 camas disponibles y la mayoría de las veces hay el doble de pacientes.

Ante este panorama, la CODHEY emitió los siguientes puntos recomendatorios:

PRIMERA. Para que ninguna mujer embaraza y/o parturienta se quede sin la atención médica que requiera, los Servicios de Salud de Yucatán deberán desarrollar un protocolo y contar con un área especializada debidamente equipada y con el personal especializado necesario para la atención de emergencias obstétricas en todos los hospitales donde se brinde este tipo de atención médica, iniciando su implementación prioritariamente en el Hospital Materno Infantil de Mérida y el Hospital General “Dr. Agustín O’Horán”. Esta área será el primer contacto con las pacientes y se hará cargo de monitorear todos los casos de mujeres que lleguen solicitando este servicio médico en dichos hospitales, para analizar cada caso de manera particular y determinar de manera inmediata la acción más pertinente para su debida atención médica.

SEGUNDA. Mejorar los mecanismos de referencia y contra referencia hospitalaria, es decir que existan protocolos de comunicación entre los centros de salud que envía y los hospitales que reciben.

TERCERA. Implementar en todos los hospitales y unidades que dependan de los Servicios de Salud de Yucatán un sistema computarizado de registro, control y seguimiento de la atención, consulta, diagnóstico y tratamiento de las pacientes que acudan desde su recepción hasta su alta médica.

CUARTA. Implementar estrategias para garantizar que el personal médico de todos los hospitales y unidades que dependen de los Servicios de Salud de Yucatán se apeguen a la NOM-168-SSA1-1998 “Expediente clínico”.

QUINTA. Implementar urgentemente un mecanismo eficaz para cubrir las ausencias de los médicos especialistas en el área de ginecología y obstetricia de los hospitales del sector salud del estado, así como contar con el personal de base necesario para erradicar las negligencias médicas.

SEXTA. Instalar o en su caso fortalecer los Comités de Bioética en los hospitales e instituciones de salud del estado bajo la responsabilidad de los directores o titulares respectivos de conformidad con las disposiciones aplicables, para el debido seguimiento de los casos. Así como corroborar y fortalecer el debido funcionamiento del Comité de Ética e Investigación del Hospital General “Dr. Agustín O’Horán”.

SÉPTIMA. Fortalecer las políticas y estrategias en materia de salud reproductiva, que en todos los casos deberá incluir métodos de planificación familiar, la salud perinatal y la salud de la mujer, de conformidad a lo establecido en el Reglamento interior del organismo público descentralizado denominado “Servicios de Salud de Yucatán”.

OCTAVA. Contar con personal maya hablante administrativo y profesional (médico, de enfermería y de trabajo social) ampliamente capacitado que brinde información oportuna y veraz a las mujeres embarazadas maya hablantes, para que éstas puedan tomar decisiones libres e informadas y que estas opiniones sean respetadas.

NOVENA. Diseñar e impartir al personal de los Servicios de Salud de Yucatán cursos integrales de capacitación y formación en el conocimiento, manejo y observancia de las normas oficiales mexicanas en materia de salud, con énfasis en el cumplimiento de los lineamientos de la NOM-007-SSA2-1993, que hace referencia a procedimientos para la prestación del servicio de atención de la mujer durante el embarazo, parto, puerperio y del recién nacido.

DÉCIMA. Dada la importancia de la perspectiva intercultural del estado, fortalecer o implementar en su caso programas operativos para la inclusión de la población maya a los servicios de salud, con pleno respeto a sus costumbres y pautas culturales.

DÉCIMA PRIMERA. Capacitar al personal administrativo, de trabajo social, médico y de enfermería de los Servicios de Salud de Yucatán en la prestación de los servicios de salud materno infantil, en el tema de sus obligaciones durante la prestación del servicio para la atención de embarazos, partos y puerperios, con la finalidad de prevenir la práctica de la violencia obstétrica e incidir en su erradicación.

Esta capacitación debe abordarse desde la perspectiva de Derechos Humanos, género e interculturalidad, considerando la violencia obstétrica como violencia institucional, asegurando de esta manera que la prestación de los servicios del sector salud estatal respete los Derechos Humanos de las mujeres.

DÉCIMA SEGUNDA. Implementar una campaña de sensibilización para prevenir la violencia obstétrica en español y maya dirigida a la ciudadanía y al personal de salud sobre los actos que constituyen violencia obstétrica, los derechos de las personas beneficiarias del sector salud, las instancias a las que pueden acudir para formular denuncias, así como las responsabilidades que tienen al respecto las y los servidores públicos, resaltando el derecho de las mujeres a una salud digna y respetuosa en el embarazo, parto y puerperio. Para el diseño de esta campaña, los Servicios de Salud de Yucatán deberá solicitar la participación y colaboración del Instituto para la Equidad de Género en Yucatán.

DÉCIMA TERCERA. Proponer al H. Congreso del Estado que asigne una partida presupuestal suficiente al Sector Salud de Yucatán, a fin de que se consideren los recursos financieros suficientes para contar con la infraestructura material y humana, para hacer eficaz el derecho a la protección de la salud de las mujeres durante el embarazo, parto y puerperio, así como de las niñas y niños recién nacidos.

(CODHEY)