Mérida, Yucatán.- El niño I.M.E.C., de 10 años de edad, que fue dado de baja de su escuela tras ser diagnosticado con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), recibió amparo de la justicia federal para regresar a clases y que las autoridades escolares propongan un plan educativo orientado a sus necesidades.

El Juez Primero de Distrito en el Estado de Yucatán, René Rubio Escobar, otorgó la protección al menor para garantizar el derecho humano a la educación sin discriminación, así como en observancia al interés superior del menor.

“(…), debido a que fue dado de baja de la escuela a la que asistía al no haberse dado un manejo apropiado al padecimiento que presenta, el cual incide directamente en la forma en que convive con sus compañeros y maestros”, precisó un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal emitido en la Ciudad de México.

Según dicha instancia, el amparo procedió en virtud de lo establecido en los artículos 1, 3 y 4 de la Constitución y en precedentes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Éstos determinan que los niños con necesidades educativas especiales deben ser incluidos “apropiadamente en la educación regular, y lograr que ejerzan su derecho a la educación básica sin discriminación por razón de su padecimiento”.

La madre del menor interpuso la solicitud de amparo con el argumento de que el niño sufrió el “rechazo generalizado de compañeros, padres de familia y maestros, pues no se comprendió ni se atendió adecuadamente el padecimiento que tiene”.

A pesar de que las autoridades educativas manifestaron que la mujer aceptó que el niño fuera inscrito en otra escuela, debido a “la problemática social que enfrentaba en su comunidad”, ahora tendrán que elaborar un diagnóstico de la situación del menor, considerando que padece TDAH.

También deberán presentar un plan de trabajo educativo orientado a lograr la inclusión adecuada del infante a la comunidad educativa a la que pertenece, donde se establezcan las acciones que llevarán a cabo la directora de la escuela y los maestros.

Además, los responsables del plantel tendrán que contemplar la intervención de un psicólogo especializado para asistir la educación del niño en cuestión.

La resolución de amparo consideró que la baja fue injustificada, por no constar el consentimiento válido de la madre y sin las adecuaciones necesarias para atender el padecimiento y lograr la inclusión del afectado.

El 14 de noviembre pasado, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (Codhey) emitió la Recomendación 21/2016, dictada en el expediente CODHEY 171/2014 y el acumulado CODHEY 262/2015, formado por la queja de Lizbeth Anabel Cortes Ortiz (o) Lizbeth Anabel Cortez Ortiz, en agravio del menor I.M.E.C.

A su vez, la Secretaría de Educación (Segey) aceptó la Recomendación y procedió a cumplir con los puntos resolutivos, dando cuenta a la Codhey. 

“Entre otras cosas, la Secretaría ha iniciado procedimientos e investigaciones administrativas internas, impartirá cursos de capacitación, ha girado instrucciones para proporcionar apoyos específicos al menor I.M.E.C., con el propósito de facilitar su inclusión en las actividades educativas”, precisó la dependencia.

“La Secretaría de Educación cumplirá con la resolución del juzgador federal, y ha informado a éste que el menor no ha sido dado de baja de la escuela, por lo que sigue vigente su registro como alumno regular de la Escuela Primaria “Álvaro Obregón”, de la localidad de Xcanatún, Yucatán, con todos sus derechos y obligaciones”, resumió la Segey.

(LectorMx)