Ciudad de México.- Mediante un permiso del Gobierno federal, cualquier ciudadano podrá cultivar, poseer, transportar y consumir marihuana con fines recreativos.
Así lo establece la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver dos amparos –con los que suman cinco– relativos al consumo de cannabis con fines lúdicos.
Sin embargo, permanecerá como ilegal la venta y distribución de la yerba.
El pleno de la Primera Sala de la SCJN, en su sesión del miércoles, declaró inconstitucionales cinco artículos y apartados de la Ley General de Salud que establecían la prohibición.
Con esto, el interesado podrá solicitar autorización respectiva ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Si se le niega, el promovente podrá recurrir a una demanda de amparo.
La decisión de la SCJN es considerada uno de los pasos más importantes que se han dado contra la prohibición de la sustancia psicoactiva en los últimos 100 años.
(Con información de Reforma)