Mérida, Yucatán.- Una propuesta que haría más “lights” las uniones legales de personas fue presentada este miércoles en el Congreso de Yucatán.

Los cambios planteados introducirían dos “novedosas figuras” cuya creación se asumen como necesarias dentro del marco jurídico local: el divorcio voluntario notarial y el acta de concubinato.

La promotora de la iniciativa, la diputada Fabiola Loeza Novelo justificó que se busca abonar a la certeza y seguridad jurídica en trámites relativos a los “estados de familia” y la situación civil de parejas.

Su proyecto implicaría modificaciones en el Código de Familia, la Ley del Registro Civil, la Ley del Notariado y la Ley General de Hacienda.

La expriísta y ahora “independiente” explicó que en el caso de divorcio voluntario notarial se pretende que pueda realizarse directamente con algún notario público de Yucatán.

“Esto haciendo uso de la fe notarial para la tramitación de los procesos de jurisdicción voluntaria previstos en la ley familiar”, abundó.

De aprobarse, la nueva figura se sumaría al divorcio administrativo, vigente a la fecha, y ambos compartirán similitudes en requisitos.

“Es decir, que se solicite de común acuerdo, no haya hijos o estos sean mayores de edad y que no existan bienes a liquidar en la sociedad”, enlistó.

Según su exposición de motivos, el divorcio notarial “ayudará a garantizar el acceso expedito y pronto a la justicia”.

Así, el divorcio administrativo se mantendrá ante el Registro Civil, mientras que el divorcio notarial se ofrecería como “un nuevo canal institucional para las personas que por diferentes razones decidan finalizar su matrimonio”.

En cuanto al concubinato, refirió que existen diversas problemáticas para que las personas que deciden constituir su familia bajo esa figura puedan comprobarlo ante las autoridades.

“Si bien el Código de Familia expresa cuáles son los requisitos, muchas veces acreditarlo para iniciar procedimientos, amerita tener que tramitar demandas ante los juzgados, sobre todo cuando no hay hijas o hijos, o simplemente no hay forma de comprobar el tiempo que las parejas han estado bajo esa figura jurídica.

“Quienes se ven en la necesidad de acreditar el concubinato, la mayoría de las veces lo hacen por estar inmersos en casos de pensión alimenticia, sucesiones, trámites ante instancias de seguridad social, por nombrar algunos casos”, detalló.

Actualmente –continuó la promovente–, quienes tienen que acreditar esa calidad, necesitan iniciar un procedimiento familiar para obtener una sentencia.

“Dentro del concubinato, las parejas adquieren derechos y obligaciones, similares a las de los matrimonios, pero no cuentan con una documental pública oficial que haga constar dicha unión.

“Por ello, de una revisión al marco legal yucateco, no se aprecia exista alguna restricción constitucional para que el Registro Civil pueda expedir actas de concubinato a las personas que decidan unirse y manifestarlo para obtener certeza y seguridad jurídica en su vida familiar; es decir, podemos crearlas en su ley”.

La legisladora argumentó que la voluntad de las parejas para vivir en concubinato requiere un acto jurídico del Estado para brindar la protección y desarrollo que la Constitución local contempla en el artículo 94 de su texto.

“Por tanto, la iniciativa que propongo resulta ser un cambio integral a diversos ordenamientos para sentar las bases hacia nuevos escenarios jurídicos en el derecho sustantivo de familia yucateco”, apuntó.

En resumen, alegó que en los dos temas se favorece el fortalecimiento de la cultura de la legalidad y se crean nuevas fuentes de recaudación.

También sostuvo que con ambos asuntos se contribuye a desahogar trámites ante el Registro Civil y los juzgados familiares, “agilizando el acceso a la justicia”.

(LectorMx)