Mérida, Yucatán.- Integrantes de la Agenda de Mujeres por la Igualdad Sustantiva en Yucatán (AMISY) presentaron en el Congreso local solicitud formal de baja de un miembro del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJEY).

Se trata del magistrado Luis Armando de Jesús Mendoza Casanova, de quien reclaman su “remoción” y no sea considerado como parte el proceso de renovación del TSJEY

El argumento de las activistas es que ese funcionario en el cargo contradice la Ley 3de3 contra la violencia.

Un escrito dirigido a las y los diputados de la LXIV Legislatura fue entregado este viernes en la oficialía de partes del recinto.

En el documento, suscrito por María Eugenia Núñez Zapata, Layda Rodríguez Torres, Lydia Laucirica Guanche y Lourdes Castillo Miranda, exigieron se aplique puntualmente la ley.

En la justificación, refirieron que los antecedentes constan en denuncia del 9 de marzo del año 2015, por quien en su momento fue su esposa y actualmente se desempeña como juez de control en el Centro de Justicia Oral de Mérida, Jazmín Ojeda Alayón.

La víctima también mencionó entonces que existe otra denuncia que presentó por hechos que de igual forma son constitutivos del delito de violencia familiar.

En consecuencia, reiteraron la petición de “remoción” de Mendoza Casanova “pues no cuenta con el perfil idóneo de un impartidor de justicia”.

TEXTO COMPLETO

AL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATAN

PRESENTE.

1.- Al Diputado Wilmer Manuel Monforte Marfil. Presidente

de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado de Yucatán.

2.- Al Diputado Gaspar Armando Quintal Parra. Coordinador de la Bancada Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI)

3.- Al Diputado Francisco Rosas Villavicencio. Coordinador de la Bancada Parlamentaria del Partido del Trabajo (PT).

4.- Al Diputado Roger José Torres Peniche. Coordinador de la Bancada Parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN).

5.- Al Diputado Javier Renan Osante Solís. Coordinador de la Bancada Parlamentaria de Movimiento Ciudadano.

PRESENTE.

Con fundamento en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 18 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, solicito a este Poder Legislativo, revise el proceso de designación del actual Magistrado Luis Armando Mendoza Casanova, en virtud de que éste ha cometido el delito de violencia familiar. Según así consta en la denuncia de fecha 9 de marzo del año 2015, por quien en su momento fue su esposa y actualmente se desempeña como Juez de Control en el Centro de Justicia Oral de Mérida, Jazmín Ojeda Alayon; en esa misma denuncia la víctima expresó que existe otra denuncia que presentó por hechos que de igual forma son constitutivos del delito de Violencia Familiar.

Para corroborar mi dicho, solicito se requiera al Fiscal General del Estado, informe acerca de la existencia de las denuncias presentadas en contra de Luis Armando Mendoza Casanova por el delito de violencia familiar y de igual forma, requiera al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, para que informe las causas por las que en el año 2015 el señor Luis Armando Mendoza Casanova no fue ratificado en el cargo de Juez de Control, esto a fin de corroborar que el motivo de su no ratificación fue por la violencia familiar cometida en contra de su entonces esposa.

Lo anterior fue oportunamente manifestado ante la legislatura 2021-2024, así como al entonces titular del Poder Ejecutivo Mauricio Vila Dosal, sin embargo, con la complicidad de esos dos Poderes y con el encubrimiento de Magistrados y Consejeros del Poder Judicial del Estado, así como por quien representa a la fiscalía, no obstante haber cometido los delitos de VIOLENCIA FAMILIAR, fue designado Magistrado, en contravención al artículo 65 de nuestra Constitución Local.

Por ello se acude a esta máxima tribuna a solicitar la revisión de dicho nombramiento y la destitución del Magistrado Luis Armando Mendoza Casanova, ya que se le ha conferido la facultad de impartir justicia a una persona que ha cometido el delito de VIOLENCIA FAMILIAR y que mintió en su comparecencia ante el Congreso del Estado durante el proceso de su designación, negando los hechos, lo que denota que no es apto para ostentar el cargo que ilegalmente aceptó desempeñar.

Siendo dable destacar que ante la Sexagésima Tercera Legislatura, se hizo de su conocimiento que en el acta de la decimoprimera sesión extraordinaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia, realizada el 15 de julio del año 2024, consta que durante la discusión de su nombramiento, la magistrada Leticia Cobá Magaña advirtió que dicha persona no tiene honorabilidad para ocupar puestos en el Poder Judicial, ya que dicha magistrada hizo referencia en que existen dos expedientes penales, el 06-1514-2000 y el B1-372-2015, que dan cuenta de las denuncias que fueron presentadas por dos víctimas de violencia cometidas por Luis Armando Mendoza Casanova, por lo que con esos antecedentes no debió ser postulado ni consejero de la Judicatura, ni nombrado magistrado. Aunado a que, en una sentencia dictada por el referido Armando Mendoza, cuando aún era Juez, respecto al delito de violación equiparada, asentó que si bien las pruebas aportadas eran suficientes para demostrar el cuerpo del delito de violación equiparada agravada en contra de una niña, los elementos probatorios de la Fiscalía de ninguna forma eran idóneos para demostrar, sin dudas, la plena responsabilidad del implicado. Por lo tanto, el ahora magistrado dejó libre al violador de la niña; cuya sentencia fue motivo de apelación y por tanto se creó la Toca 153/2019, de la Sala Colegiada Penal y Mercantil del Tribunal Superior de Justicia que revisó la apelación de la sentencia, donde consta y aparece que el entonces juez determinó que “el único elemento que gravitaba en contra del enjuiciado era la declaración de la menor; pero que esta declaración, en la que la ofendida hace ‘declaraciones muy severas al inculpado (sic)’, requiere para corroboración, que estén determinadas las circunstancias de lugar, tiempo y modo de ejecución del delito, así como que existan en autos medios de convicción inequívocos de la participación del acusado (sic)”. Aseveración que quedo destruida por los magistrados que integran la Sala en segunda instancia, pues al analizar y estudiar la toca en comento, constataron que sí existían elementos de prueba suficientes en contra del violador y revocaron la sentencia de Luis Armando Mendoza Casanova. Además de que como parte de las medidas de no repetición en la resolución de la Sala, se instruyó al Pleno del Consejo de la Judicatura a que, por conducto de la Escuela Judicial, se diseñe e implemente un programa de formación y capacitación teórico-práctico, evaluable y medible en su impacto para actualizar y capacitar al Juez Luis Armando Mendoza Casanova en materia de derechos humanos y de acceso a la justicia de niñas, niños y adolescentes víctimas del delito, así como de los estándares de recolección, admisión y valoración de la prueba en casos de violencia contra las mujeres y las niñas, desconociéndose hasta la presente fecha, si el referido Luis Armando Mendoza Casanova tomó esa capacitación.

En consecuencia de todo lo antes narrado, se reitera la solicitud de remoción de Luis Armando Mendoza Casanova, como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado, pues no cuenta con el perfil idóneo de un impartidor de Justicia.


(LectorMx)