Mérida, Yucatán.- A menos de un año de cumplirse la primera década del cambio en la Constitución que dio pie a los juicios orales en México, el jurista mexicano Sergio García Ramírez hizo pedazos el sistema de justicia y no le tomó tanto tiempo: apenas 30 minutos…

Durante una conferencia, en Mérida, el expresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dijo, en pocas palabras, que la justicia mexicana está partida en dos: uno para los ciudadanos “recuperables o readaptables”, y otra para los enemigos de la sociedad, es decir, aquellos que no tienen derecho a reintegrase como ciudadanos de bien.

Aseguró que en México se había “colado” en la reforma constitucional de 2008 el llamado “derecho penal del enemigo”, es decir, los juicios basados en quién era la persona juzgada y en qué era lo que había hecho, o sea, el delito cometido. Citó el caso de la Ley contra la Delincuencia Organizada (anterior al cambio constitucional) que se reforzó con la reforma.

Aunque él no dio en su conferencia casos específicos ni dio nombres, cabe decir que la ley a la que se refiere se aplica todas aquella personas que realizan actividades ilegales en franco contubernio con otras personas, como el narcotráfico, la ordeña de ductos de combustible (huachicol) o el lavado de dinero. Sin querer, abogaba por personas acusadas de esos y otros delitos como puede ser cualquier capo, incluido Joaquín “El Chapo” Guzmán.

El experto, quien también ha sido secretario de Estado en nuestro país, impartió la conferencia “El Sistema de Justicia Penal en México”, en el Centro de Instituciones Operadoras del Sistema Penal Oral y Acusatorio (Ciospoa), ubicado frente a la cárcel de Mérida, ante unas 150 personas, frente a la “plana mayor” de los tres poderes del Estado, incluido el gobernador del Estado.

Franco, duro, aunque con tono pausado, el jurista no le tuvo miedo ni a su exjefa, la exgobernadora Dulce María Sauri Riancho -a quien por cierto, fue a la única persona que se paró a saludar y abrazar, frente a la audiencia, en la presentaron- cuando dijo que el sistema privilegiaba la economía, o sea, el ahorro de dinero, por encima de la impartición de justicia.

Ahí, en auditorio del recién “desempacado” edificio, bajo la lúdica mirada de ilustres yucatecos juristas, como Manuel Crescencio Rejón o Antonia Jiménez Trava -inmortalizados en el mural “La justicia Yucateca”, que precisamente se develó este viernes 22 de septiembre- García Ramírez les dio la “receta” de un verdadero sistema de justicia penal para México, y lo hizo a través de respuestas a preguntas básicas…

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1.-¿Para qué sirve la justicia penal?

Aunque no contestó de lleno la pregunta, dijo que, para lo que no servía, era para gobernar, es decir, que el Código Penal no era la base del buen gobierno, descartando el uso de la fuerza como una manera de aplicar la justicia… “El Código Penal no es el brevario del buen gobierno, el breviario del buen gobierno es la Constitución del Estado democrático”, reiteró.

2.-¿Qué conductas son delitos y deben “incorporarse” en los “tipos penales” o leyes especiales?

García Ramírez aclaró que no toda conducta ilícita es un delito, pero se quejó de que, en México, como en otros países, han proliferado la idea de considerar muchos actos como delictivos, cuando pueden ser sólo materia de justicia administrativa o civil.

3.-¿A quién le vamos a llamar delincuente?

En este punto, tocó el tema de “doble sistema de justicia” que hay en México, uno que juzga a “ciudadanos infractores, que deben ser condenados y recuperados”, y a los “enemigos de la sociedad”, que no merecen el intento de readaptarse. A éstos, se les juzga con normas que no son propias del derecho de una sociedad libre y democrática.

Dijo que en las reformas constitucionales del 2008, que dieron pie al nuevo sistema de justicia penal, de tipo oral, hizo su aparición el “derecho penal del enemigo”, que se refiere precisamente a juzgar a acusados como personas que no pueden readaptarse, reintegrarse a la sociedad.

“Preguntémonos por el origen de esta partición y por sus probables consecuencias y reconozcamos, como lo han hecho otros tratadistas en otras latitudes, que el derecho penal del enemigo acaba por contaminar al otro derecho (….) ¡Cuidado con estos pasos en falso, que pueden frustrar nuestro empeño hacia un estado de derecho, hacia una democracia plena!

4.-¿De qué manera va a reaccionar el Estado frente al delito’

En la respuesta, el procurador general de la República en el sexenio de Miguel de la Madrid, explicó que lo ideal sigue siendo la readaptación -no está de acuerdo con el término reinserción social- de los delicuentes; el Estado debe definir, entonces, si quiere “recuperar” a los individuos o “suprimirlos”. En todo caso, dijo, establecer que las sanciones sean acordes con el delito.

Citó a un tratadista, Francisco Carmeluti, quien propone que tanto el tribunal donde se sanciona al delicuente como la cárcel sean consideradas “palacios de la justicia”, es decir, que la sanción no sea el punto final, sino sólo la primera parte de la impartición. Que los penales, las cárceles, también sean consideradas dentro del proceso penal.

Descartó que, en México, las cárceles estén funcionado precisamente como el tratadista propone.

5.-¿Debido proceso o control del crimen?

El especialista, quien fuera Secretario del Trabajo en el sexenio de José López Portillo, expuso que no hay ninguna contradicción cuando se afirman que no puede haber justicia si se respetan los derechos humanos…

“En nuestra sociedad flota la idea de que no se puede controlar el crimen si se atiene el Estado a un debido proceso, de que son antinómicos, antitéticos, que no es posible respetar derechos y al mismo tiempo obtener seguridad, creo que es un falso dilema, pero vale la pena que nos lo planteemos”.

6.- ¿Economía o justicia?

Los llamados procedimientos abreviados, en el que una persona reconoce su participación en un crimen, están enfocados a ahorrar dinero y no a impartir justicia, asegura García Ramírez. Y acusó que ese concepto era parte del derecho norteamericano que se había colado en la legislación mexicana.

“Perdónenme que lo diga con tan franqueza: cuando decimos que se puede aplicar un procedimiento abreviado, expedito, fulminante… cuando alguien reconoce su participacion en un hecho delictuoso,y acepta cierta sanción, no necesariamente estamos ateniendo a la verdad, ni la justicia, sino solo a la economía, sino a la convenienciaa de una solución expedita”, expuso.

7.-¿Cualquier puede ser abogado, juez, ministerio público?

La respuesta del especialista es no. Propuso preparar a los “actores” del sistema de justicia para que puedan estar a la altura de lo que significa impartir justicia.

En ese sentido, enfatizó el papel -y la preparación- de la policía, que ha tomado una participación importante en el nuevo sistema de justicia.

En el final de la conferencia, García Ramírez reiteró que si estas preguntas no tienen respuesta difícilmente se alcanzará un sistema de justicia penal -y no nada más “un sistema penal”- como el que el sueña nuestro país.