Mérida, Yucatán.- El gobernador de Yucatán, Mauricio Vila Dosal tendrá que solicitar licencia para conservar su candidatura al Senado de la República por la vía plurinominal.

Así lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el análisis del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales, en el expediente 480/2024, promovido por el ciudadano Juan Morales de la Rosa.

La decisión de los magistrados logró mayoría de votos (tres contra dos), tomando como base criterios similares al caso del mandatario estatal de Morelos con licencia, Cuauhtémoc Blanco Bravo.

La magistrada ponente Mónica Soto Fregoso declaró fundada la omisión alegada, con fundamento en el artículo 55 fracción IV de la Constitución Política Mexicana que establece a quienes ocupan mandos de policía separarse del cargo 90 días antes de la elección.

Por ello, se ordenó a Vila Dosal proceda conforme a la sentencia y cumpla de inmediato o en los próximos 10 días.

Durante el debate del asunto salió a relucir que el demandante se declaró residente de Yucatán, pero su credencial de elector registró que su domicilio se encuentra en el Estado de México.

Vila Dosal se encuentra de gira en Alemania y participa en la Feria de Hannover Messe.

(LectorMx)

COMUNICADO TEPJF

El TEPJF ordenó la separación del cargo del gobernador de Yucatán, para participar como candidato a senador postulado por el PAN por el principio de representación proporcional
Ciudad de MéxicoLa Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, determinó fundada la omisión del gobernador de Yucatán, Mauricio Vila Dosal, de separarse de su cargo para participar como candidato a senador postulado por el Partido Acción Nacional (PAN), por el principio de representación proporcional.

Inconforme con lo anterior, un ciudadano impugnó la omisión del gobernador de separarse de su cargo para participar como candidato a senador.

En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada presidenta, Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que el gobernador debe separarse del cargo para ser postulado a una senaduría de representación proporcional.

Al respecto, el pleno consideró que en términos del artículo 55, fracción IV de la Constitución Federal, el gobernador es titular de la fuerza pública en los distritos que se llevará a cabo la elección de senadurías de representación proporcional que comprende la entidad federativa de Yucatán, por lo que debe exigirse la separación del cargo.

En consecuencia, se declaró fundada la omisión y se ordenó al gobernador del estado de Yucatán separase del cargo dentro de los 10 días naturales posteriores a la notificación de la sentencia (SUP-JDC-480/2024).

GOBIERNO DE YUCATÁN

El Gobierno del Estado informa que, a través de diversos reportes publicados en medios de comunicación, ha trascendido que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación podría ordenar al Gobernador Mauricio Vila Dosal a que solicite licencia en esta campaña electoral, derivado de una impugnación realizada por un ciudadano del Estado de México.

Como se ha informado anteriormente, el Gobernador Vila Dosal fue inscrito en la lista nacional al Senado de la República por Representación Proporcional.

Se reitera que el Gobernador Vila Dosal se encuentra concentrado en trabajar de tiempo completo por las y los yucatecos en la generación de más inversiones y empleo, la reducción de la desigualdad y la pobreza, así como las obras estratégicas que permitirán a las familias de Yucatán una mayor justicia social, crecimiento económico y los empleos mejor pagados que se necesitan para elevar su calidad de vida.

El Gobernador Vila Dosal siempre ha sido respetuoso de la Ley; en Yucatán se defiende el Estado de Derecho, por lo cual el Gobierno del Estado y el Gobernador Vila Dosal estarán a la espera de la notificación de la sentencia del Tribunal Electoral para conocer sus alcances y darle cumplimiento.

El Gobierno del Estado y el Gobernador Vila Dosal están pendientes del proceso, así como del debido cumplimiento de las garantías que la Ley concede.