Mérida. – Yucatán da la bienvenida a las empresas de transporte que utilizan plataformas digitales
Los yucatecos, todos, sin distinción ideológica, social o regional, tenemos en el respeto a las leyes y sus procedimientos, uno de los valores que nos distingue y llena de orgullo.
Somos una sociedad que tiene un tejido social fuerte, porque valoramos la convivencia armónica y ordenada como una de nuestras mayores riquezas colectivas.
Así, en Yucatán, las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), no se celebran, ni se lamentan; nadie gana y nadie pierde. Aquí, en nuestro querido estado, con prudencia y espíritu generoso, simplemente respetamos y acatamos las resoluciones del máximo tribunal de nuestro país.
En ese marco, después de un profundo análisis y un largo debate que muchos yucatecos siguieron con interés, hoy tenemos certezas muy importantes para la operación, en Yucatán, de los servicios de transporte de pasajeros operados a través de plataformas tecnológicas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que la Ley Estatal de Transporte subsiste, en todos sus términos, no se le invalida ningún aspecto y -por tanto- ya no solo es una norma obligatoria y aplicable, sino también validada constitucionalmente, una vez revisada por el Máximo Tribunal de la Nación.
Los puntos más importantes de esta decisión de la La Suprema Corte de Justicia de la Nación, se resumen de forma didáctica de la siguiente manera:
1. El Estado de Yucatán es competente para legislar y regular en materia de transporte de pasajeros a través de plataformas tecnológicas; esto es, en las actividades de empresas tipo Uber o Cabify, por poner dos ejemplos.
2. Las empresas de este tipo que deseen operar en el Estado deberán registrarse y recibir su respectiva constancia. (Como en la actualidad ya lo han hecho 4 empresas de Transporte por Plataforma Tecnológica, que ya operan en Yucatán con normalidad)
3. Los autos que presten servicios de transporte a través de plataformas digitales, deben registrarse y obtener un certificado vehicular.
4. Para obtener un certificado vehicular para la prestación de estos servicios, se requiere ser dueño del vehículo. Cada vehículo podrá tener hasta tres choferes autorizados, incluido el propietario del auto.
5. Todo pago de servicios de transporte a través de plataformas tecnológicas, deberá hacerse mediante tarjeta de crédito o débito. No se aceptarán pagos en efectivo.
Debemos sentirnos satisfechos que, en el marco de la Ley, del debate cívico y de la convivencia civilizada, los yucatecos -todos- hemos encontrado las respuestas y definiciones que necesitábamos para trabajar aún más fuerte.
Damos, pues, la bienvenida -en un marco de certeza jurídica y de procuración de la seguridad pública- a todas las empresas que quieran prestar el servicio de transporte de pasajeros usando plataformas digitales.
Yucatán les abre las puertas y los invita a sumarse a la economía de un estado que quiere generar más empleos, tener un sistema de transporte más eficiente y competitivo y, sobre todo, dar nuevas oportunidades a gente emprendedora y de la cultura del esfuerzo.
Todos tenemos mucho que hacer para construir el Yucatán dinámico, moderno y de bienestar que el trabajo duro, el respeto a la ley y la innovación están haciendo posible.
Con certeza jurídica y cuidando la seguridad pública,
Yucatán mantendrá el camino hacia su destino.