La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró como constitucional la iniciativa promovida por el diputado Pedro Kumamoto, conocida como “Sin voto no hay dinero”.

En la sesión de este lunes, la SJCN aprobó la reforma a la Constitución Política y del Código Electoral y de Participación Social publicada el 2 de junio del 2017, con siete votos a favor y cuatro en contra.

Sólo los ministros Margarita Luna Ramos, Eduardo Medina Mora y el presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, se pronunciaron por invalidar los preceptos reformados al considerar que fueron invadidas las facultades legislativas del Congreso de la Unión.

El resto, argumentó que la reforma es válida al amparo del derecho a la libre autodeterminación que tienen los estados y que de la redacción de los artículos no se desprende contradicción alguna con las leyes generales en materia electoral.

La llamada Ley Kumamoto entrará en vigor en 2019 en el estado de Jalisco. La legislación establece que los partidos políticos nacionales en años no electorales serán financiados conforme al número de electores registrados en el padrón, multiplicados por el 20% del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En tanto que la Constitución federal indica que el financiamiento se calcula multiplicando los electores del padrón por el 65% de dicha unidad.

La Constitución de Jalisco indica que en año electoral los partidos políticos serán financiados conforme al total de votos válidos obtenidos en la elección previa de diputados multiplicados por el 65% de la UMA.

La reforma fue impulsada por el diputado local Pedro Kumamoto, quien estimó que se reducirá entre 48 y 69 por ciento el monto que obtienen los partidos.

(informador.com.mx)