Mérida, Yucatán.- La prevención y erradicación de la tortura y los tratos crueles inhumanos y degradantes en las instituciones de seguridad pública en Yucatán tienen ya, en el papel, nuevo marco jurídico.

El Congreso del Estado aprobó este miércoles reformas y adiciones en la materia, con alusión a la muerte violenta del joven veracruzano José Eduardo Ravelo el 3 de agosto de 2021, atribuido a policías locales.

El pleno avaló por unanimidad hoy cambios en diversos artículos de la Ley de Víctimas; Ley de la Comisión de Derechos Humanos; Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública; Ley de la Fiscalía General y la Ley de Salud, todos del estado de Yucatán.

“Esta iniciativa es fruto del estudio serio y profesional de las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión Permanente de Justicia y Seguridad Pública, con el conocimiento de la Comisión de Derechos Humanos de este Poder; teniendo como antecedentes una iniciativa motivada a raíz de los lamentables hechos relacionados con el joven Eduardo Ravelo que culminó en una recomendación dirigida a la Fiscalía General del Estado y al Ayuntamiento de Mérida, por parte de la CNDH, por violaciones a los derechos humanos ante la retención ilegal y uso excesivo de la fuerza que derivó en tortura contra el joven y presumiblemente tuvo como consecuencia su fallecimiento”, dijo el coordinador de la bancada del PRI, Gaspar Quintal Parra.

Sin embargo, el priísta omitió mencionar que la SSP-Yucatán es la principal denunciada por ciudadanos por condutas inapropiadas de sus agentes en el desempeño de sus funciones.

“La seguridad de la que gozamos en Yucatán, es un bien que es responsabilidad de todos preservar; nuestro reconocimiento a los elementos de las fuerzas de seguridad que con su trabajo diario contribuyen a lograrlo.

“Exigimos toda la fuerza del Estado a quienes realizan actos delictivos que amenazan nuestra seguridad; y de igual manera, con el mismo énfasis, exigimos el respeto a los derechos de los ciudadanos que cumplen con la ley y todos los días trabajan por sacar adelante a sus familias; lo primero no justifica la ausencia de lo segundo”, expuso en tribuna.

También refirió que organismos internacionales y nacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su quinto Informe de Seguimiento de recomendaciones formuladas a nuestro país, correspondiente al año 2020, y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en su Informe sobre Situación de Derechos Humanos en México de 2021, han emitido observaciones puntuales en el tema, procurando salvaguardar la dignidad humana.

Por ello, justificó la necesidad de reformar el sistema jurídico estatal con un enfoque en la prevención, atención, investigación y en su caso, sanción de los actos que constituyan tortura, tratos inhumanos, crueles y degradantes en Yucatán.

CAMBIOS

I. Se distribuyen competencias de forma específica entre las autoridades, modificando las remisiones que con anterioridad atribuían indebidamente el cumplimiento de la Ley General, únicamente a la Comisión Estatal de Atención a Víctimas.

II. Se fortalecen las atribuciones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para proporcionar medidas de ayuda, asistencia y atención, así como garantizar la reparación integral a las víctimas de tortura;

III. Se actualiza el contenido del Programa Especial de Atención a Víctimas, incluyendo un apartado de atención a víctimas de tortura, con especial atención a las que se encuentran privadas de su libertad; ambas en la Ley de Víctimas del Estado

IV. Se amplían las atribuciones del Centro Estatal de Prevención del Delito y Participación Ciudadana (CEPREDEY) para implementar programas y acciones para prevenir y fortalecer el combate de los delitos de Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes.

V. Se adicionan facultades a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODHEY) para que puedan acceder en forma inmediata a lugares en donde se encuentren personas privadas de la libertad, para la realización de tareas de supervisión y dar cuenta de posibles violaciones a derechos humanos.

VI. Se establece la obligación de prestar servicios de peritos oficiales o independientes acreditados en la especialidad médica y psicológica, con perspectiva de derechos humanos y experiencia en casos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, bajo los estándares previstos en el Protocolo de Estambul.

VII. Se crea la Vicefiscalía Especializada en Delitos de Tortura y Actos Crueles, Inhumanos y Degradantes en la Fiscalía General del Estado.

VIII. Se dota de competencias a la Secretaría de Salud para la realización de actos preventivos e identificación de posibles casos de Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, a través de un programa encaminado a su prevención.

IX. Las instituciones policiacas contarán con obligaciones específicas establecidas en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes

(LectorMx)