Ciudad de México.- Sin los votos necesarios para invalidar reforma constitucional en materia judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró su debate en el tema.

El máximo órgano del ramo desestimó los conceptos de invalidez expuestos en las impugnaciones sobre el asunto.

Tras prolongada sesión, con receso incluido, el máximo órgano evitó pronunciamiento alguno.

Al final por mayoría decidió que la invalidez de leyes sigue requiriendo al menos ocho votos, aunque la Constitución prevé –desde septiembre pasado–, que sólo seis son necesarios.

La postura del ministro Alberto Pérez Dayán, en el sentido de que las acciones promovidas por los partidos políticos son improcedentes, porque la Constitución no puede ser vista como una ley secundaria en materia electoral, rompió el bloque de ocho y resultó determinante.

Así reforzó los criterios de sus compañeras ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, las tres afines al oficialismo.

Pérez Dayán remitió a 2016 cuando la SCJN ya había establecido, por mayoría de ocho votos, que no es posible admitir acciones de partidos políticos para impugnar reformas a la Constitución, ya que esta no puede ser considerada como una ley electoral.

En la discusión de hoy, la ministra presidenta Norma Piña Hernández afirmó que ningún consenso, por más amplio que sea, está facultado para pasar por encima de la Constitución y mucho menos para derogar los principios fundamentales que nos definen como una República representativa, democrática y federal que se fundamenta en la división de poderes y en la protección de los derechos humanos de todas las personas.

Ya en el análisis de la procedencia del Proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, relacionado con la reforma judicial, la realidad se impuso: una mayoría insuficiente para anular y que la SCJN no puede revisar el contenido de la Carta Magna.

Así, todos los jueces del país serán electos por voto popular.

González Alcántara proponía anular la elección por voto popular de jueces y magistrados federales y locales.

También rechazaba algunos aspectos del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial y la prohibición de efectos generales para suspensiones y sentencias en juicios de amparo, entre otros temas.

(Con información de Agencias)