Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordaría este martes el fondo del recurso de inconstitucionalidad que desde septiembre de 2016 presentaron diputados del PAN y Morena en el Congreso de Yucatán.
Según publica el portal del periódico Reforma, el pleno rechazó el lunes un proyecto de sentencia que anulaba ciertos requisitos que el Congreso de Yucatán impuso a los choferes que utilizan plataformas tecnológicas, sobre las características de los vehículos y la obligación de ser dueños de ellos.
El proyecto, del Ministro Alberto Pérez Dayán, partía de la premisa de que estos requisitos son discriminatorios frente a los que se solicitan a los taxis, como alegó la minoría de diputados de Yucatán que impugnó la ley, asienta la nota.
Todos los demás ministros rechazaron esta idea, así como la metodología del proyecto, según la cual la Corte solo estudiaría algunas reglas dirigidas a los choferes, pero no las reglas dirigidas a las empresas como Uber.
Aunque rechazó la premisa básica del proyecto inicial –continúa el diario–, la Corte no lo turnó a otro Ministro, sino que este martes decidirá si, de oficio, estudia si los requisitos impuestos en Yucatán son razonables, ya sin tomar en cuenta el argumento de trato discriminatorio frente a los taxis.
El Ministro Arturo Zaldívar advirtió que equiparar a los taxis con Uber y similares llevaría a la extinción de estos (las plataformas), pues los taxis podrían reclamar que se le sometiera a los mismos requisitos.
Reforma cita que Zaldívar y Jorge Pardo enfatizaron que en la ley de Yucatán los taxis son concesiones, mientras que a las empresas como Uber solo se les da un certificado por diez años, por lo que el régimen jurídico es totalmente distinto y no comparable.
Eduardo Medina Mora alegó que “no debemos sofocar el desarrollo de nuevas tecnologías, pero tampoco renunciar por completo a la intervención del Estado, para que sirvan a la colectividad, a los intereses de los consumidores”.
De acuerdo con la publicación, las posturas de varios Ministros dieron a entender que no habrá mayoría de ocho votos para invalidar los requisitos que se exigen a los vehículos en Yucatán, como aire acondicionado, equipo de sonido, cinturones para todos los pasajeros, antigüedad máxima de siete años y máximo siete plazas.
También está impugnada la prohibición de los choferes para recibir pagos en efectivo, que podría ser más vulnerable por tocar un tema de comercio y usos monetarios, que son facultad federal.
Según los promotores del recurso de inconstitucionalidad, la reformada Ley del Transporte de Yucatán restringe la competencia y obstaculiza el servicio mediante aplicaciones tecnológicas.
En su sesión del lunes, la SCJN también estableció que la contratación de transporte por medio de plataformas tecnológicas como Uber no puede ser legalmente equiparada con servicios públicos como el taxi, y puede ser regulada por los Estados.
Por mayoría de ocho votos contra uno, de la Ministra Norma Piña, la Corte aclaró que los Congresos estatales sí pueden regular el transporte como Uber, primera vez que se define el tema.
En el amparo que litiga desde diciembre pasado contra las normas que le fueron impuestas en Jalisco, Uber alega que el Congreso local “estatizó” lo que es una relación mercantil entre particulares, pero la Corte definió hoy que el tema central que se regula es el transporte.
(Con información de Reforma)